Nota del Departamento de Estado al Encargado de Negocios del Interior de México


N° 91
AHSRE L-E-923 F. 103 a 104
Embajada de México en los Estados Unidos de América
28 de enero de 1907.

Nota del Departamento de Estado al Encargado de Negocios del Interior de México

Asunto: Acusa recibo de notas en que se solicita la extradición de Ricardo Flores Magón, Enrique Flores Magón y Librado Rivera.
N° 165
Departamento de Estado
Washington

Señor,
Tengo la honra de acusar recibo de las notas de Usted, N° 272, 273 y 274, del 26 del actual, en que presenta nueva y formal demanda para la extradición de Ricardo Flores Magón y Enrique Flores Magón y Librado Rivera, acusados de conato de robo, asesinato y daño a propiedad ajena.
Inmediatamente se enviaron copias de la traducción de las notas del Procurador General, pidiéndole diera las instrucciones convenientes para obtener la aprehensión provisional de los prófugos, y llamándole la atención acerca de la nota de la Embajada del 22 del mes en curso, relativa al paradero de Ricardo y Enrique Flores Magón.
Este Departamento no tiene más informes respecto del probable paradero de Rivera que los contenidos en las notas del Sr. Dávalos del 21 y 29 de Octubre de 1906.
El Departamento advierte que en la actual demanda que Usted hace para la aprehensión provisional y la extradición de los prófugos arriba mencionados, se acusa a estos de conato de robo, asesinato y daño a propiedades ajenas. Ahora bien, el Departamento no ha podido encontrar este último delito de daño a propiedades ajenas entre los que comprende nuestro tratado de extradición con México, y por tanto, la extradición no puede concederse por este motivo; pero se tratará de obtener el arresto provisional y la detención de los prófugos basándose en las demás acusaciones mencionadas en la nota de Usted.
Acepte Usted, señor, las reiteradas seguridades de mi alta consideración.

Elihu Root

Señor Don José F. Godoy, Encargado de Negocios ad ínterin de México.

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