N°
43
AHSRE
L-E-920 FF. 39 a 41
Embajada
de México en los Estados Unidos de América.
Washington,
26 de octubre de 1906
N°
8
RESERVADA
Oficio
del Encargado de Negocios de México en Estados Unidos al Secretario
de Relaciones Exteriores
México,
D. F.
Asunto:
El Procurador General libró orden de detención de Enrique y Ricardo
Flores Magón, Juan Sarabia, Antonio I. Villarreal y Librado Rivera.
Con
fecha 20 del actual, se sirvió Usted dirigirme un telegrama en
cifra, llegando aquí a las once de la noche, que decía:
“Pida
detención provisional de Enrique Flores Magón, Ricardo Flores
Magón, Juan Sarabia, Antonio Villarreal y Librado Rivera acusados de
conato de homicidio, robo y daño en propiedad ajena consistente en
la voladura de diversas vías férreas que debieron ser ejecutados en
territorio mexicano y contra quienes se ha librado orden de
aprehensión. Se supone que los sindicatos se encuentran en Saint
Louis, Mo. Documentos listos irán próximamente por correo. Cuando
sepa usted que se libran órdenes de detención comuníquele a cónsul
Saint Louis para que ayude a las autoridades”.
Hecha
el día 21 la petición dispuesta por usted y recibida del
Departamento de Estado la respuesta que tuve el honor de trasladar a
esa Secretaría con mi nota número 181 de ayer, respuesta que con
toda eficacia me fue remitida la tarde misma del día 24, en que se
expidió, atendí cumplir con la segunda disposición de Usted
contenida en su mensaje y relativa al aviso que debía dar al cónsul.
Para esto era prudente asegurarse de que en efecto se fueran ya a
transmitir las órdenes de arresto, y aunque era ya tiempo, cuando me
llegó la noticia del Sr. Root, de que las oficinas públicas se
estuviesen cerrando, tuve la fortuna de encontrar todavía en el
Departamento de Justicia al Secretario Particular del Procurador
General quien me informó que había quedado pendiente el asunto
porque apenas acababan de recibir la comunicación del Departamento
de Estado; pero en vista de la urgencia que le expuse, accedió a
transmitir inmediatamente a Saint Louis las expresadas órdenes.
En
tal confianza telegrafié por mí parte lo siguiente:
Miguel E.
Diebold, Mexican Cónsul, St. Louis, Mo.
Hoy
líbrense órdenes de arresto de que supongo lo informado. Sírvase
ayudar autoridades y telegrafiarme su dirección particular”.
Como
han transcurrido dos días y no recibo de dicho cónsul respuesta
alguna, temeroso de que mi telegrama no se le haya entregado y
considerando que Usted debe tener la dirección del nuevo Cónsul, me
permití decirle hoy por la vía telegráfica, lo siguiente, que
confirmó:
“Antier
se libraron órdenes detención en contra de los Magones y socios.
Inmediatamente avisé cónsul, más como aún no contéstame,
convendría Usted dele instrucciones. Libradas también todas las
órdenes pedidas”.
Reiteró
a Usted las seguridades de mi más respetuosa y distinguida
consideración.
Balbino
Dávalos
Firmado
Señor
Secretario de Relaciones Exteriores, México, D. F.
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