El Departamento de Estado al Embajador de México en Washington


Nº 249
AHSRE EXP. 16-6-8 FF. 15 y 16
Embajada de México en los Estados Unidos de América
Washington, D. C., 12 de junio de 1911.

El Departamento de Estado al Embajador de México en Washington

Asunto: Informa sobre el carácter Político de las luchas en Baja California.
Departamento de Estado Washington, Junio 7 de 1911. Nº 46.
Excelencia:
Tengo la honra de acusar recibo de la nota de usted, de 24 de mayo último, en que, con relación a un informe que ha recibido del Cónsul de México en San Diego, California, acerca de que el Departamento de Guerra ha ordenado nuevamente la libertad de Pryce, “declarando que es insurgente, es decir, combatiente por razones políticas en México”, dice usted que es un deber manifestar que dicho Pryce es, como los demás que menciona, filibustero declarado y no un insurgente, y agrega que las invasiones de estos hombres en Baja California no están bajo la protección de partido político alguno, y que, por lo tanto, el Gobierno de México no se considerará obligado a satisfacer reclamaciones de cualquiera especie, originadas de daños causados por ellos, si las autoridades de los Estados Unidos les deja, de cualquier manera, libertad de acción, favoreciendo así, aunque indirectamente, a esos aventureros, y haciéndoles más fácil la comisión de sus ataques contra la propiedad.
Sin deseo de entrar en controversia o discusión con Vuestra Excelencia respecto al status de personas que toman armas para hacer la guerra en las circunstancias a que alude su nota que contesto, me permito sugerir a la consideración de Vuestra Excelencia; que el movimiento en Baja California parece ser el resultado de las actividades de un partido político mexicano; que se dice que el objeto declarado de este partido es el desconocimiento de la autoridad mexicana y el establecimiento de una república socialista en Baja California; y, finalmente, que la subversión de una forma de Gobierno y el establecimiento de otra, ha sido, en este hemisferio, uniformemente considerada como un movimiento político, sin atender la propiedad o justicia de la causa abrazada.
En vista de estos hechos, el Departamento de Estado no puede comprender la justificación precisa de la declaración de Vuestra Excelencia, de que el movimiento en Baja California no está bajo el amparo de bandera política alguna, y debe disentir de la conclusión a que parece llegar Vuestra Excelencia de que el Gobierno de México no se considera obligado a satisfacer reclamaciones de cualquiera especie originadas de daños causados por tales pretendidos filibusteros. La ley internacional que rige las obligaciones en casos análogos, parece, en sentido contrario, ser bien clara.
A este respecto pudiera hacer notar que de los informes en posesión del Departamento resultaría que debe haber en Baja California menos de quinientas personas en armas contra el Gobierno Mexicano, y que parece inconcebible que un número tan corto como éste, pudiese causar alguna seria dificultad al Gobierno de Vuestra Excelencia. No dudo que antes de que esta nota llegue a Vuestra Excelencia se habrán dado los pasos necesarios para hacer frente a la situación.
Acepte Vuestra Excelencia las reiteradas seguridades de mi consideración más alta.


P.C. Knox
Firmado



Excelentísimo Señor Don Manuel de Zamacona.
Embajador de México.
Washington, 12 de junio de 1911.


Carlos Pereyra
Primer Secretario
Firmado

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